• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA
  • Nº Recurso: 480/2025
  • Fecha: 05/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El JS ha desestimado la demanda de despido disciplinario que presenta el trabajador Inspector, declarando su procedencia, por los incumplimientos laborales que señala para los días del mes de julio de 2022 y el 12 de septiembre del mismo año, al manipular el programa de inspección de vehículos sin el consentimiento de su supervisor, introduciendo datos de las pruebas de emisión de gases no acordes a la realidad, permitiendo de esta forma la circulación de vehículos con defectos graves no subsanados, con incumplimiento del manual de procedimiento de inspección de estaciones de ITV, con el riesgo que conlleva para la seguridad vial, y el medio ambiente, además de afectar al crédito profesional de la empresa demandada. El TSJ desestima el recurso de suplicación del trabajador, denegando la admisión de una prueba extraordinaria consistente en un audio y su transcripción de una reunión posterior al despido, por no ser prueba hábil ni pertinente el momento procesal en suplicación, también rechaza la revisión fáctica por ser una versión del recurrente con prueba testifical. No existen indicios de vulneración de derechos fundamentales. Finalmente aborda la proporcionalidad y graduación de la sanción considerando adecuado el despido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ELENA LUMBRERAS LACARRA
  • Nº Recurso: 270/2025
  • Fecha: 05/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Declarada en la instancia la improcedencia del despido disciplinario del actor, recurre el trabajador en suplicación instando su nulidad. La Sala de lo Social desestima el recurso ya que no existen indicios de que el cese tuviera como motivo su baja médica, pues no se prueba que la empresa tuviera conocimiento de dicha baja antes del despido. La valoración de la prueba corresponde al juzgador de instancia, no pudiendo ser sustituida por la Sala, dado el carácter extraordinario de la suplicación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: MARIA ISABEL SERRANO NIETO
  • Nº Recurso: 515/2025
  • Fecha: 02/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurren los empresarios el censurado pronunciamiento de instancia que acoge su pretensión de despido improcedente y la reclamación de cantidad acumulada. Tras rechazar la admisión de los documentos que adjunta a su escrito (consistentes en dos llamamientos realizados en su condición de fijo discontinuo) porque pese a ser de fecha posterior al acto del juicio no acredita que no no pudo aportarlos en dicho acto y sobre la base de un revisado relato fáctico examina la Sala las dos cuestiones objeto de recurso: determinar si el trabajador ha sido objeto de despido y si procede el abono de las cantidades reclamadas en función de las jornadas realizadas. Desde la remisión que efectúa de la normativa reguladora de aquella modalidad contractual se advierte que el trabajador fue contratado para prestar servicios en la actividad cíclica de la empresa, en un periodo de 11 meses, periodo que no se cumplió al haber sido dado de baja con anterioridad; limitándose su desempeño a cinco meses y 15 días, sin que se haya acreditado por parte de la empresa que la extinción de la misma se produjera como consecuencia del cese o reducción de la campaña; dándose por resuelto el contrato cuando debía comenzar el grueso de la actividad. Se confirma la condena a la cantidad debida por razón de la jornada contratada y cotizada pues es la empresa la que debe acreditar que la misma no se adecuaba a la realidad y conforme al registro horario.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santander
  • Ponente: ELENA PEREZ PEREZ
  • Nº Recurso: 279/2025
  • Fecha: 02/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Declarada en la instancia la procedencia del despido disciplinario del actor, recurre éste en suplicación. La Sala de lo Social rechaza, en primer lugar, la revisión fáctica interesada por no reunir los requisitos jurisprudenciales para ello. Y, en segundo lugar, desestima el recurso al quedar probado que realizó un servicio de recogida de pasajero con su taxi, sin poner en funcionamiento el taxímetro correspondiente a esa carrera, siendo parado y multado por la Guardia Civil; además, después de cobrar en efectivo un servicio por importe de 9,93 €, a esa misma cliente le cobró con tarjeta de crédito 50 € y acto seguido le entregó esos 50 € en efectivo, conductas que suponen una vulneración de la buena fe contractual.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA
  • Nº Recurso: 280/2025
  • Fecha: 02/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestimada en la instancia la demanda de tutela de derechos fundamentales, basada en lesión de la garantía de indemnidad, recurre la actora en suplicación. La Sala de lo Social rechaza, en primer lugar, la revisión fáctica interesada por no reunir los requisitos jurisprudenciales para ello. Y, en segundo lugar, desestima el recurso ya que, la decisión de nueva baremación que determinó la exclusión de la actora en la bolsa de empleo fue acordada después de recibir la indemnización por despido improcedente, por lo que no hay trato alguno contrario al principio de igualdad, como tampoco indicio de lesión de la garantía de indemnidad; además, se le han computado los servicios no indemnizados por despido improcedente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: RAUL URIA FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 3318/2024
  • Fecha: 30/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia analizada reconoce el derecho del el personal indefinido no fijo, a una indemnización de 20 días por año trabajado en un caso de cese por cobertura de vacante, con una contratación posterior, sin solución de continuidad, en condición de personal fijo, cuando entre ambas modalidades contractuales se interpone un contrato temporal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELA MOSTAJO VEIGA
  • Nº Recurso: 122/2025
  • Fecha: 30/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia desestima la demanda de despido disciplinario interpuesta por el demandante , director de una oficina bancaria, se le imputaba al trabajador transgresión de la buena fe contractual al aprobara concesiones de créditos y prestamos al consumo incumpliendo los criterios y normas establecidas por la entidad bancaria. Frente a la misma se interponer recurso de suplicación por el demandante que se desestima. La sala desestima los motivos sobre revisión de hechos probados, en cuanto a los motivos de denuncia jurídica se analiza en primer lugar si están prescritas las faltas imputadas al trabajador. El motivo es desestimado recordando la sala la reiterada jurisprudencia en cuanto a los faltas continuadas y a los hechos ocultos . Y así en este supuesto los hechos imputados al trabajador no se detectaron hasta que se realizó una inspección interna y la empleadora tuvo pleno conocimiento de los hechos. Partiendo de tal doctrina y de los hechos declarados probados concluye la sala que no estarían prescritos. Se analiza por la sala si los hechos declarados probados, tienen la gravedad suficiente como para ser merecedoras de la sanción de despido analizando con ello la aplicación de la teoría gradualista. Compartiendo la sala el criterio de instancia que los hechos y conductas imputadas al trabajador y declaradas probadas son merecedoras de la sanción de despido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELA MOSTAJO VEIGA
  • Nº Recurso: 118/2025
  • Fecha: 30/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia desestima la demanda sobre despido disciplinario interpuesto por el trabajador, se le imputaba una falta por transgresión de la buena fe contractual. El trabajador prestaba sus servicios en un supermercado como cajero. En la sentencia recurrida se declara probado que no le había cobrado productos a una clienta. Frene a la sentencia se interpone recurso de suplicación por el trabajador que se desestima. En primer lugar la sala desestima los motivos sobre revisión de hechos probados. En cuanto a los motivos de denuncia jurídica, la cuestión se centra en la valoración de la conducta del trabajador. Comparte la sala el criterio de instancia que la conducta imputada esta tipificada como muy grave en el convenio de aplicación y la misma supone una transgresión de la buena fe contractual que justifica su despido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: JOSE ENRIQUE MORA MATEO
  • Nº Recurso: 259/2025
  • Fecha: 29/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reitera el beneficiario de prestación de desempleo su derecho a percibirla negando haber incurrido en el fraude que se le imputa al haber supuestamente cesado de forma voluntaria en una relación en la que fue despedido. Prestación que, en su modalidad de pago unico, va dirigida a incentivar el autoempleo; por lo que (en principio) nada impide que éste se anticipe en el tiempo a un momento anterior al del percibo de la prestación capitalizada, siempre y cuando estas acciones no sean anteriores a la situación legal de desempleo. Partiendo de la hermenéutica jurisprudencial de la norma (conforme a su naturaleza y finalidad) y de la advertida circunstancia de que el fraude de ley no se presume y ha de ser acreditado por el que lo invoca, advierte la Sala que en el supuedto por ella analizado existía una contratación indefinida que se prolongaba en el tiempo durante más de tres años y medio en el sector del automóvil, que fue extinguida por un despido disciplinario no impugnado, solicitando el actor al dia siguiente la prestación por desempñleo en pago único para iniciar un negocio de reparación y venta de vehículos por cuenta propia. Previamente había abonado el traspaso del local de negocio en el que el demandante proyectaba iniciar su actividad, procediendo a su registro; lo que expresa una decisión voluntaria y preordenada para la creación de una actividad autónoma financiada, en todo o en parte, con la prestación de desempleo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA ANTONIA REY EIBE
  • Nº Recurso: 302/2025
  • Fecha: 29/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo Social Nº 5 de A Coruña desestimó la demanda por despido y vulneración de derechos fundamentales presentada por la trabajadora contra Serviplus Total S.L., Ilunión Outsourcing S.A., el Ayuntamiento de A Coruña y una codemandada. La demandante prestó servicios para Serviplus Total S.L. desde diciembre de 2022 bajo un contrato formativo como coordinadora, trabajando inicialmente en instalaciones deportivas municipales y posteriormente en Cambre hasta la finalización del contrato en diciembre de 2023. Tras la subrogación del servicio por Ilunión Outsourcing en noviembre de 2023, esta no subrogó a la actora ni a otro trabajador, lo que motivó la demanda. El TSJ analiza el recurso de la trabajadora que solicita la revisión de hechos probados aportando correos electrónicos y una sentencia de otro procedimiento, que fueron rechazados por tratarse de un recurso extraordinario que no permite reexaminar la prueba ni incorporar documentos no firmes o no aportados en la instancia. Jurídicamente, se alegó la obligación de subrogación conforme al convenio colectivo y normativa aplicable, y la vulneración de la garantía de indemnidad por represalias derivadas de denuncias de acoso laboral. Sin embargo, el TSJ confirmó que la actora continuó prestando servicios para Serviplus Total sin interrupción hasta la finalización del contrato, por lo que no existió cese en la actividad que justificara la subrogación por Ilunión. En cuanto al acoso, se valoró la prueba practicada en instancia, concluyendo que las conductas denunciadas, aunque incorrectas, no constituyeron vulneración de derechos fundamentales ni acoso laboral. La falta de modificación del relato fáctico impidió prosperar las pretensiones de la recurrente, conforme a la doctrina que vincula el éxito del recurso a la alteración de los hechos probados. Por tanto, se desestima el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora y se confirma íntegramente la sentencia del Juzgado .

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.